Art. 8 - Los socios tienen absoluta igualdad de derechos y obligaciones (...)
Art. 12 - Los socios tienen las siguientes obligaciones:
a) Servir los cargos por los cuales sean designados (...);
b) Satisfacer (...) sus obligaciones pecuniarias con la Cooperativa (...);
c) Asistir con puntualidad a todos los actos y reuniones (...);
d) No transferir o comercializar a terceros el agua potable que adquieran de la cooperativa (...);
e) Otorgar las servidumbres que sean necesarias dentro de una propiedad para las instalaciones destinadas a servir a la Cooperativa y/o sus socios (...).
f) Respetar y ejecutar los acuerdos del Consejo de Administración y de las Juntas Generales de Socios.
g) Mantener actualizados sus domicilios y antecedentes personales en los Registros de la Cooperativa, ya sea vía correo electrónico, teléfono, fax y casilla de correo.
(...)